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Acta de la Sesión celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el 28 de octubre de 2010Hora de celebración: 20:00 h. Día: 28 de Octubre de 2010 Lugar: Casa Consistorial de Molvízar Tipo de Sesión: Extraordinaria Convocatoria: Primera
Señores Asistentes:
Del Grupo del PP: D. Francisco Fermín García Puentedura.Dª. Faustina Béjar Pulido.D. Antonio Miguel Sánchez Prados.Dª Francisca Rodríguez FernándezD. Arturo José Arenas Garcia.D. Julián Prados Salas.Del Grupo del PSOE: D. Antonio Salas Prados.D. Antonio Rodríguez Haro. Dª. Emilia Prados Venegas.Dª Isabel Rodríguez AlabarceGrupo ADIM:--Ausentes: D. Francisco Pérez FernándezSecretario:D. Santiago Romera Cano.En Molvízar, en la Casa Consistorial, siendo las 20:00 horas del día 28 de Octubre de 2010 y comprobada la asistencia de número de concejales suficiente para la válida constitución del Pleno del Ayuntamiento y la válida adopción de acuerdos, por la Presidencia, fue abierta la sesión. Pasándose, seguidamente al desarrollo del siguiente Orden del Día:
1º.- Aprobación si procede del borrador del acta de la sesión anterior.Preguntado por la Alcaldía si existe alguna objeción a la aprobación del borrador del acta de la sesión celebrada el día 22 de julio de 2010, tal y como está redactado. Y no formularse alegación alguna, se sometió a votación la aprobación, el Pleno del Ayuntamiento, aprobó por unanimidad el citado borrador.
2º.- Aprobación inicial Presupuesto 2010.Sometida a votación la propuesta, el Pleno del Ayuntamiento, por seis votos a favor del grupo municipal del PP y cuatro en contra del grupo municipal del PSOE, adoptó el siguiente acuerdo: 1º.-Aprobar inicialmente el Presupuesto Municipal para 2.010, así como la Plantilla de Personal, valoración de Puesto de Trabajo y Bases de Ejecución del mismo. Siendo su resumen por capítulos el siguiente: ESTADO DE GASTOS
ESTADO DE INGRESOS
Resultando, por tanto, sin déficit inicial
PLANTILLA DE PERSONAL A) PERSONAL FUNCIONARIO I.-Con Habilitación de carácter Nacional Nº plazas: 1 Grupo: A1 Nivel C.D: 26II.-Escala de Administración General Subescala Auxiliar. Nº plazas:2 Grupo: C2 Nivel C.D.plaza 1ª:18 Nivel C.D.plaza 2ª:18III.-Escala de Servicios EspecialesPolicía Local Nº de plazas:2 Plaza nº 1 Grupo: C2. Nivel C.D:16 Plaza nº 2 vacante. Grupo: C1 Nivel de complemento de destino: 18
B) PERSONAL LABORAL FIJO. Operario de Servicios múltiples.
C) PERSONAL EVENTUAL Nº de Puestos: 1. Características del puesto: Personal de confianza adscrito a la Alcaldía.
D) PERSONAL LABORAL TEMPORAL Total nº de Plazas: 33 * Servicios de mantenimiento de infraestructuras.Nº de plazas: 2* Conductor Vehículo de la Basura.Nº de Plazas:1* Servicio de Abastecimiento de agua y mantenimientoNº de Plazas:2* Limpieza de, grupo escolar y edificios municipalesNº de Plazas: 5.* AdministrativoNº de Plazas :2* Servicio de recogida de basura.Nº de Plazas:2* Servicio de Guardería infantil.Nº de Plazas:2*Servicio de animación socio-cultural Nº plazas:3*Servicio de ayuda a domicilioNº plazas:5*Servicio Monitor DeportivoNº de Plazas :2*Servicio de Guardería de Dependencias y Parque.Nº de Plazas :1 * Monitor curso FPO.Nº de Plazas: 2*Conserje de edificios municipales.Nº de Plazas: 1*Monitor de políticas migratorias.Nº de plazas: 2.* Técnico en Medioambiente.Nº de Plazas: 1.
C)OTRO PERSONAL Puestos de trabajo de carácter atípicos y esporádicos 2º.-Exponer el Presupuesto y la Plantilla de Personal al público, por término de quince días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la provincia y por Edictos en el Tablón de Anuncios, considerando definitivamente aprobado el Presupuesto si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.
3º.- Participación del municipio de Molvízar en el Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Sometida a votación la propuesta, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes y por tanto con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros que lo compone, tal y como se requiere en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, adoptó el siguiente acuerdo: La Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, crea un Fondo de Participación municipal en los referidos tributos. Y estando este municipio interesado en participar en el mismo. Habiéndose emitido informe jurídico por el Sr Secretario-Interventor en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 54 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Y siendo conforme, se acuerda: 1º.- De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional segunda del citado texto legal, solicitar, en tiempo y forma, la participación del municipio de Molvízar en el Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2º.- Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a los efectos oportunos. 3º.- Autorizar al Sr Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos de orden a la ejecución del presente acuerdo.
4º.- Aprobación definitiva Estatutos del Consorcio Provincial pro energías renovables Granada Renova.Sometida a votación la propuesta, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes y por tanto con el quórum de la mayoría absoluta del número legal de miembros que lo compone, tal y como se requiere en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, adoptó el siguiente acuerdo: Una vez redactado el proyecto de Estatutos del Consorcio Provincial pro energías renovables Granada Renova. Habiéndose emitido informe jurídico por el Sr Secretario-Interventor en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 54 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Y siendo conforme, se acuerda: 1º.- Aprobar definitivamente los Estatutos del Consorcio Provincial pro energías renovables Granada Renova. Cuyo texto íntegro se une como anexo al presente acuerdo. 2º.- Remitir el presente acuerdo a la Excma Diputación Provincial de Granada, a los efectos oportunos. 3º.- Autorizar al Sr Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos de orden a la ejecución del presente acuerdo.
5º.- Adjudicación de viviendas.-Sometida a votación la propuesta, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes, adoptó el siguiente acuerdo: En diversas ocasiones, los técnicos de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía se han puesto en contacto con esta Alcaldía al objeto de cubrir las dos vacantes de viviendas del grupo de promoción pública, por renuncia de sus titulares, sita en la calle Cepa (Urbanización La Viñana). Para tal fin han requerido la realización de nuevas propuestas de adjudicación.En consecuencia, se acuerda: 1) Proponer como nuevos adjudicatarios a: - Dª María Ruiz Lozano - D. Julián Prados Salas2) Remitir el presente acuerdo a la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
6º.- Canal de Sevillana.-Sometida a votación la propuesta, el Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de sus miembros presentes, adoptó el siguiente acuerdo: Según los datos recabados por esta Alcaldía, el pasado13 de Marzo de 2.009 se dictó Resolución por parte de la Directora General de Infraestructuras y Explotación de la Agencia Andaluza del Agua, recaída en el expediente G-235-5, por la que se autoriza temporalmente a la Comunidad de Regantes “Los Palmares”, la derivación de la cámara de carga del aprovechamiento hidroeléctrico de Izbor, con destino a riego de los terrenos de la Comunidad, con un máximo de 80 l/seg., para el año hidrológico 2.009/2.010. Según la citada Resolución, la fecha de finalización de la autorización temporal se fijaba para el 30 de Septiembre de 2.010. A fecha actual, dicha autorización no ha sido renovada expresamente, y la Comunidad de Regantes desconoce de forma oficial si va a producirse la prórroga y en qué términos, situación que es preocupante para los regantes que utilizan dicho recurso. En el momento actual, sería inmensamente gravoso para los regantes de la Comunidad Los Palmares no poder seguir regando con el agua proveniente de la citada autorización. El 18 de Marzo de 2.009, el Parlamento Andaluz aprobó por unanimidad una Proposición No de Ley por la que se instaba al Consejo de Gobierno a fijar un caudal suficiente en el Canal de Izbor para garantizar en el futuro los riegos de dicha zona, que conciernen a las Comunidades de Regantes de Santa Ana, Virgen de la Salud, Los Güajares, Los Palmares y Barranco de las Viñas y las Madres. En varias ocasiones la Comunidad General de Regantes del Bajo Guadalfeo ha instado a la Consejería de Medio Ambiente para que cumpla el acuerdo del Parlamento Andaluz y fije una concesión para las cinco comunidades, que les permita el aprovechamiento del agua del Canal de Izbor, evitándoles así tener que desembolsar los gravosos gastos de energía eléctrica que actualmente abonan. A pesar del tiempo transcurrido y de las sucesivas peticiones de la Comunidad General, la Agencia Andaluza del Agua aun no se ha pronunciado al respecto de la citada solicitud. En consecuencia se acuerda: Instar a la Agencia Andaluza del Agua, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para que informe a este Ayuntamiento sobre la situación de la autorización temporal para uso de 80 l/seg. a la Comunidad de Regantes de Los Palmares, instándole igualmente a que resuelva sobre la misma. Instar a la Agencia Andaluza del Agua, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para que resuelva la solicitud de concesión de la Comunidad General de Regantes del Bajo Guadalfeo, en concordancia con la PNL aprobada por el Parlamento Andaluz por unanimidad el 18 de marzo de 2.009, asignando a la citada comunidad una Concesión para el uso de las Comunidades de Santa Ana, Virgen de la Salud, Los Güajares, Los Palmares y Barranco de las Viñas y las Madres.
--------------- Y no habiendo más asuntos de que tratar, por la Presidencia se levantó la sesión, siendo las veintiuna horas, de lo cual, como Secretario doy fe. El Alcalde El Secretario.
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